0

Total $ 0
 x 

No tiene artículos en su carrito de compras.

Carrito vacío

Sanciones por no cumplir con la normativa sanitaria en Colombia

El Ministerio de Salud y Protección social bajo la LEY 9 DE 1979 reglamenta las actividades y competencias de salud pública y medidas sanitarias que deben llevar a cabo los establecimientos, negocios, entidades, producto o situaciones que influyen en las condiciones de vida de la comunidad, para asegurar el bienestar de la población.

sanciones normativa sanidad

La Ley abarca principalmente los siguientes aspectos:

  • Protección del medio ambiente: manejo de residuos sólidos, residuos líquidos, manejo de excretas y emisiones atmosféricas.
  • Suministro de agua: pretende eliminar y evitar la contaminación del agua de consumo humano, asegurar la conservación del recurso y la calidad del agua potable.
  • Salud ocupacional: deberes y derechos de los empleadores y trabajadores, precauciones que se deben tener en las industrias a nivel de higiene y seguridad industrial.
  • Saneamiento de edificaciones: establece medidas de control de agentes químicos y físicos que puedan afectar la salud humana en todo tipo de establecimientos.
  • Alimentos: establece las normas a las que deben sujetarse alimentos, bebidas, materias primas, establecimientos industriales y comerciales y todo el personal relacionado con la actividad.
  • Drogas, medicamentos, cosméticos y similares: reglamenta el funcionamiento de los establecimientos relacionados con el área farmacéutica, así como las características que deben cumplir los medicamentos en general.
  • Vigilancia y control epidemiológico: determina fenómenos como enfermedades transmisibles y no transmisibles que afecten la salud pública.
  • Desastres: medidas preventivas de desastres.
  • Reglamentación de las defunciones, traslado de cadáveres, inhumación y exhumación.
  • Artículos de uso doméstico:  la importación, fabricación y venta de artículos de uso doméstico, deberán cumplir con unos requisitos básicos para prevenir efectos nocivos para la salud.
  • Vigilancia y control: el Estado mediante el Ministerio de Salud vigila y controla el cumplimiento de las reglamentaciones de esta Ley imponiendo sanciones a los infractores con el fin de asegurar la higiene y seguridad en todas las actividades.

Te puede interesar:  

Cómo pasar el control de sanidad en tu restaurante

¿Tienes o planeas abrir una peluquería o centro de estética? ¡Atención a la normativa!


El no cumplir con la LEY 9 DE 1979 y con las resoluciones específicas y otras disposiciones que aplican según el tipo de actividad o negocio, puede acarrear sanciones y multas, según los artículos 577, 578, 579 y 580 de la misma, así:

ARTÍCULO 577. Teniendo en cuenta la gravedad del hecho y mediante resolución motivada, la violación de las disposiciones de esta Ley, será sancionada por la entidad encargada de hacerlas cumplir con alguna o algunas de las siguientes sanciones:

  1. Amonestación;
  2. Multas sucesivas hasta por una suma equivalente a 10.000 salarios diarios mínimos legales al máximo valor vigente en el momento de dictarse la respectiva resolución;
  3. Decomiso de productos;
  4. Suspensión o cancelación del registro o de la licencia, 
  5. Cierre temporal o definitivo del establecimiento, edificación o servicio respectivo.

ARTÍCULO 578. Cuando del incumplimiento de las disposiciones de la presente Ley, se deriven riesgos para la salud de las personas, deberá darse publicidad a tal hecho para prevenir a los usuarios.

ARTÍCULO 579. El pago de las multas no exime al infractor de la ejecución de la obra, obras o medidas de carácter sanitario que hayan sido ordenadas por la entidad responsable del control.

ARTÍCULO 580. Las sanciones administrativas impuestas por las autoridades sanitarias, no eximen de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar por las violaciones a los preceptos de la Ley. 

En una primera instancia, si falta alguno de los requisitos, la autoridad competente otorgará un plazo para completar los documentos. Si no se cumple se podrá dar lugar a un cierre temporal y una multa. En una segunda instancia, después de reunir las pruebas necesarias, se emitirá un fallo, que si es a favor de la administración pública, podría llevar al cierre definitivo del establecimiento.

¡Un inspector de sanidad puede llegar por sorpresa a tu negocio! En KipClin te asesoramos para que estés preparado para una inspección sanitaria. Llama ya al (034) 322 - 7170 y agenda una visita de asesoría gratis.

banner sanciones normativa sanidad

¿Necesitas
asesoría?

en KipClin te ayudamos

Quiero que me contacten
¿Te gusta nuestro contenido?
Suscríbete a nuestras publicaciones
Ya estás inscrito.

Al seleccionar esta casilla admito que he leído y acepto los términos y condiciones del sitio, la política de privacidad y el habeas data de KipClin.
Campo Requerido!