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COVID-19: protocolo para uso de piscinas públicas en Colombia
Con la Resolución 1547 el Ministerio de salud estableció el protocolo de bioseguridad en piscinas públicas para el manejo y control del riesgo del COVID-19.
Todas las piscinas o zonas húmedas en centros vacacionales y recreacionales, escuelas, termales, entidades, clubes, asociaciones, condominios o conjuntos residenciales, hoteles, moteles o similares, deberán cumplir a cabalidad el protocolo y tener la infraestructura necesaria para poder operar.
Los establecimientos deben garantizar el distanciamiento social y los usuarios deben cumplir con todas las medidas de autocuidado básicas como el lavado de manos y el uso del tapabocas, también deben abstenerse de ingresar a las piscina y sus zonas comunes si presentan síntomas sospechosos de Covid-19, si han sido diagnosticados como positivos o si tienen síntomas de resfriado.
Los aspectos básicos del protocolo para uso de piscinas públicas en Colombia son:
Para las instalaciones:
- Adecuar en las áreas de recepción o atención al cliente, una zona de limpieza y desinfección para manos y desinfección para calzado, que deberá disponer como mínimo de alcohol glicerinado al 60%, así como toallas desechables y tapabocas.
- Dotar los baños de manera constante y con suficiente papel higiénico, agua potable, dispensador de jabón y toallas. Además, deben tener de manera visible y clara avisos pedagógicos de cómo lavarse correctamente las manos.
- Demarcar los lugares donde sea necesario hacer filas y las zonas de concentración de personas, tanto en espacios abiertos como cerrados, con una distancia mínima de dos metros entre cada visitante, con excepción de los grupos familiares.
- Eliminar todos los accesos de contacto como los de huella dactilar, PIN o torniquete y sustituirlos.
- Delimitar el aforo e indicarlo en un cartel visible. Para piscinas cubiertas será una persona por cada nueve metros cuadrados y para piscinas al aire libre una persona por cada seis metros.
- Desinfectar equipos, elementos y superficies de alto contacto en cada cambio de turno.
- Ventilar de todos los espacios cerrados.
- Prohibir el uso de fuentes de agua para consumo humano en caso de haberlas.
- Vigilar la calidad del agua de la piscina: controlar el pH, el cloro, la oxidación, el olor, la transparencia de manera rigurosa.
- Limpiar diariamente cada uno de los elementos y equipos que hacen parte del sistema de tratamiento como: filtros, bombas, dosificadores y limpiar, cepillar y aspirar toda la superficie del estanque.
- Instalar los contenedores adecuados para la separación de residuos, estos deben tener tapas y seguir los códigos de color.
Para empleados y usuarios:
- El uso del tapabocas para todos los usuarios, trabajadores y demás personas debe ser de uso obligatorio cuando se esté fuera de las piscinas.
- Los salvavidas deben usar caretas faciales acuáticas de uso individual y esta debe ser desinfectada antes y después de su uso.
- Se les debe suministrar a los salvavidas dispositivos requeridos para realizar las maniobras de salvamento y rescate. La respiración boca a boca está prohibida.
- Los usuarios deben ducharse siempre antes y después de hacer uso de las piscinas, guardar el distanciamiento físico, permitir la toma de temperatura, realizar lavado de manos antes de ingresar a la piscina y mínimo cada tres horas.
- El consumo de bebidas alcohólicas está prohibido en las piscinas, áreas anexas o zonas complementarias.
Lee la resolución completa, cumple la normativa, usa siempre los productos adecuados de limpieza y desinfección, no permitas que te multen y cuida la salud de tus empleados y usuarios siguiendo las recomendaciones para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en nuestro país.
Fuentes:
- Minsalud
- Resolución 1547